Formulario DS-260

 ¿Qué es el Formulario DS-260?

El DS-260 es el formulario electrónico obligatorio que deben completar todas las personas que están tramitando una visa de inmigrante a Estados Unidos (es decir, residencia permanente o "Green Card") a través de una embajada o consulado estadounidense en el extranjero.

Este formulario solo se utiliza después de que USCIS aprueba una petición migratoria, como:

  • I-130 (petición familiar)

  • I-140 (petición de empleo)

  • I-360, I-526, entre otras

El DS-260 es parte del proceso consular, y se presenta ante el Centro Nacional de Visas (NVC), que es quien coordina la segunda etapa del trámite.

Requisitos para completarlo

Para poder llenar el formulario DS-260, se debe cumplir con:

✔️Tener una petición aprobada por USCIS (por ejemplo, I-130 o I-140).

✔️Haber recibido un número de caso asignado por el Centro Nacional de Visas (NVC).

✔️Contar con el número de factura (Invoice ID) para poder acceder al sistema de pago y documentación.

Nota: El DS-260 no se puede completar si aún no recibiste el aviso oficial del NVC.

¿Cuál es el proceso paso a paso?

  1. Recibir notificación del NVC indicando que tu caso está listo para el procesamiento consular.

  2. Ingresar al portal CEAC (Consular Electronic Application Center):
    https://ceac.state.gov

  3. Completar el DS-260 en línea, en inglés, proporcionando:
    • Información personal y familiar

    • Datos del pasaporte

    • Dirección de EE. UU. donde vivirás

    • Datos de educación y empleo

    • Historial migratorio
  4. Enviar electrónicamente el formulario.

  5. Imprimir la hoja de confirmación del DS-260 (es la que se presenta en la entrevista).

  6. Subir los documentos requeridos al sistema CEAC.

  7. Esperar que el NVC revise tus documentos y te autorice a programar la cita consular.

  8. Agendar la entrevista consular cuando recibas la notificación de disponibilidad

📄 Documentos requeridos (después del DS-260)

El NVC te pedirá subir a la plataforma CEAC documentos como:

  • Pasaporte vigente

  • Actas de nacimiento y, si aplica:

    • Actas de matrimonio

    • Actas de divorcio o defunción
  • Certificados de antecedentes penales (de todos los países donde hayas vivido más de 6 meses desde los 16 años)

  • Afidávit de patrocinio económico (Formulario I-864) y documentos de respaldo financieros del patrocinador

  • Recibo del pago de tarifas consulares

Restricciones y advertencias

⚠️El formulario debe completarse correctamente antes de la entrevista.

⚠️Una vez enviado, no puede ser modificado. Si necesitas corregir algo, debes solicitar al NVC el desbloqueo del formulario.

⚠️Declarar información falsa puede provocar la denegación de la visa y sanciones permanentes.

¿Se puede incluir a familiares?

  • , pero cada familiar que también emigrará debe completar su propio DS-260 individual.

  • Ejemplo: si una persona principal fue aprobada en una I-130 con esposo/a e hijos menores, cada uno debe llenar su propio formulario.

Tiempos estimados

  • Una vez enviado el DS-260, el NVC revisa los documentos en 1 a 3 meses, dependiendo de la carga de trabajo y disponibilidad de citas.

  • El tiempo total hasta la entrevista puede variar entre 3 y 8 meses, dependiendo del país y categoría.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué pasa si cometí un error al llenar el DS-260?
    Puedes contactar al NVC para pedir desbloqueo del formulario antes de la entrevista. Si no se puede corregir a tiempo, deberás explicarlo el día de la entrevista consular.

  • ¿Debo imprimir todo el formulario?
    No. Solo necesitas imprimir la hoja de confirmación del DS-260 y llevarla a la entrevista.

  • ¿Cuándo debo completar el DS-260?
    Solo cuando el NVC te notifique que tu caso está listo y te entregue el número de caso y número de factura.

  • ¿Puedo llenarlo antes de recibir el aviso del NVC?
    No. El sistema no te permitirá avanzar si no tienes el número de caso y de factura.

  • ¿El DS-260 garantiza que recibiré la visa?
    No. El formulario es solo una parte del proceso. La decisión final depende de la entrevista consular y la revisión de todos los requisitos.

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